Glosario

Conoce el significado de los principales conceptos relativos al acceso a la información pública:

Autoridad Garante:
Órgano encargado de la controlaría u homologo en el Poder Ejecutivo, quien conocerá de los asuntos en materia de transparencia y acceso a la información.

Consejo Estatal de Transparencia:
Órgano encargado de supervisar, coordinar y vigilar procesos relacionados con la transparencia y acceso a la información. Se integrara por la Secretaría encargada del control interno del Poder Ejecutivo, del Poder Judicial, del Poder Legislativo, de los Organismos Autónomos, así como, 5 representantes de Ayuntamientos.

Comité de Transparencia:
órgano colegiado encargado de supervisar, coordinar y vigilar los procesos relacionados con la transparencia y acceso a la información al interior de los Sujetos Obligados.

Datos Personales:
En términos de la Ley de Protección de Datos Personales, se consideran datos personales toda la información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a una persona, identificada o identificable.

El nombre no será dato personal salvo que se encuentre asociado: al origen étnico o racial; a las características físicas, morales o emocionales; a la vida afectiva y familiar; al domicilio particular, número de teléfono, cuenta personal de correo electrónico, claves informáticas y cibernéticas; al patrimonio; a la ideología y opiniones políticas, creencias, convicciones religiosas, filosóficas, morales u otras análogas que afecten la intimidad; a los estados de salud físicos o mentales; a las preferencias sexuales; a la huella dactilar; a la información genética; a la información fotográfica; y al número de seguridad social.

Derecho de Acceso a la Información Pública:
El derecho fundamental que tiene toda persona para acceder a la información generada, administrada o en poder de los sujetos obligados, en los términos de la presente ley.

Días:
Días hábiles.

Documentos:
Los reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades o la actividad de los sujetos obligados y sus servidores públicos, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar en cualquier medio, entre otros, escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico.

Documento Electrónico:
Información que puede constituir un documento, archivada o almacenada en un soporte electrónico, en un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento.

Entidad Pública:
Los sujetos obligados a proporcionar información en los términos de la Ley General, esta ley y demás disposiciones aplicables, contenidos en el artículo 6 de esta ley, con excepción de las organizaciones de la sociedad civil que reciban y/o ejerzan recursos públicos en el ámbito estatal y municipal, a partir de 16,000 salarios mínimos generales vigentes en el Estado o aquellos que reciban un ingreso estatal, que sea propuesto dentro de su presupuesto y las instituciones de beneficencia.

Estado:
El Estado de Coahuila de Zaragoza.

Expediente:
Unidad documental constituida por uno o varios documentos, ordenados y relacionados por un mismo asunto, actividad o trámite de los sujetos obligados.

Expediente Electrónico:
Es el conjunto de documentos electrónicos cuyo contenido y estructura permiten identificarlos como documentos de archivo que aseguran la validez, autenticidad, confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información que contienen.

Información:
La contenida en los documentos o documentos electrónicos que los sujetos obligados generan, obtienen, adquieren, transforman o conservan por cualquier título o medio.

Información Pública de Oficio:
La información que los sujetos obligados deben difundir, actualizar y poner a disposición del público en medios electrónicos de manera proactiva, sin que medie solicitud de por medio.

Información Confidencial:
La información en posesión de los sujetos obligados, que refiera a la vida privada y/o los datos personales, por lo que no puede ser difundida, publicada o dada a conocer, excepto en aquellos casos en que así lo contemple la presente ley y/o la Ley de Protección de Datos Personales.

Información Pública:
Toda información en posesión de los sujetos obligados, con excepción de la que tenga el carácter de confidencial.

Información Reservada:
La información pública que por razones de interés público sea excepcionalmente restringido el acceso de manera temporal, de conformidad con el capítulo tercero de la ley.

Instituciones de Beneficencia:
Toda institución, asociación, fundación o ente económico que realice actos de beneficencia, en términos de la ley de la materia.

Ley:
Ley  de Transparencia  y Acceso a la Información Pública  para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Ley de Protección de Datos Personales:
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Ley General:
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Medio Electrónico:
Sistema electrónico de comunicación abierta, que permite almacenar, difundir o transmitir documentos, datos o información.

Organismo de Información y Transparencia de Coahuila INTRAC:
Autoridad Garante del Ejecutivo o de la Contraloría del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Persona:
Todo ser humano sin importar condición o entidad jurídica, salvo lo dispuesto en la ley.

Persona que realiza actos de autoridad:
Es toda aquella que, con independencia de su naturaleza formal, dicta, ordena, ejecuta o trata de ejecutar el acto que crea, modifique o extinga situaciones jurídicas en forma unilateral y obligatoria; u omita el acto que de realizarse crearía, modificaría o extinguiría dichas situaciones jurídicas.

Protección de Datos Personales:
La garantía que tutela la privacidad de datos personales en poder de las entidades públicas y sujetos obligados, en términos de la Ley de Protección de Datos Personales.

Prueba de daño:
Carga de los sujetos obligados de demostrar que la divulgación de información lesiona el interés jurídicamente protegido por la ley, y que el daño que puede producirse con la publicidad de la información es mayor que el interés de conocerla.

Redes sociales:
Formas de comunicación electrónica por medio de comunidades virtuales con objeto de compartir información, ideas, mensajes personales, fotografía, videos y diversos contenidos.

Reglamento:
Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

Servidor público:
Los representantes de elección popular, los miembros de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial, los integrantes de organismos públicos autónomos, los funcionarios y empleados, y en general toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en las entidades públicas.

Subsistema de Transparencia:

Se coordinan las acciones de protección del derecho humano de accesos a la información pública, integrado por El consejo Estatal de Trasparencia, las Autoridades Garantes, Sujetos Obligados, Comités de Transparencia y Unidades de Transparencia. Funcionará a través del Consejo Estatal de Transparencia.

Sujetos obligados:
Los señalados en el artículo 20 de esta ley.

Versiones Públicas:
Documento en el que, para permitir su acceso, se testa u omite la información clasificada como reservada o la confidencial.

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