Artículo
22
Obligaciones comunes de los Sujetos Obligados:
El tipo de seguridad social con el que cuentan todas las personas servidoras públicas.
El importe por concepto de viáticos a partir del jefe de departamento y, en su caso de gastos de representación.
Todo mecanismo que sirva para la presentación directa de solicitudes, opiniones, quejas, denuncias o sugerencias.
Un listado de las instituciones de beneficencia que reciban recursos públicos del sujeto obligado.
El presupuesto asignado en lo general y por programa para los últimos tres ejercicios fiscales.
El calendario de las sesiones públicas que convoque, y en su caso, la minuta o acta correspondiente.
Las actas de entrega – recepción de sus unidades administrativas, una vez que estén legalmente constituidas.
La georreferenciación e imagen de todas las obras públicas en proceso de construcción, señalando: sector al que pertenece, ubicación, monto asignado y ejercicio.
El estado que guardan los sistemas pensionarios, los estudios actuariales que se realizan por los Sujetos Obligados y los montos de los fondos pensionarios con el cálculo de su horizonte financiero.
Cualquier otra información que establezca la Ley General, esta Ley y otras disposiciones aplicables.
Artículo
40
Constituir el Comité de Transparencia:
Artículo
43
Constituir la Unidad de Transparencia:
Artículo
72
Elaborar un índice de los expedientes clasificados como reservados por área y tema publicado semestralmente en formato abierto, indicando el área que lo genera, nombre del documento, reserva parcial o total, la fecha de inicio y termino de la reserva, justificación y plazo:
Obligaciones Específicas Correspondientes a la Ley General de Trasparencia
Artículo
73
de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, las Autoridades Garantes deberá poner a disposición del público y actualizar:
Responsable:
Lic. Andrea Fuentes Osorio
Titular de la Unidad de Transparencia.
Relación de observaciones y resoluciones emitidas y el seguimiento a cada una de ellas, incluyendo las respuestas entregadas por los Sujetos Obligados a las personas solicitantes en cumplimiento de las resoluciones.
Criterios orientadores que derivan de sus resoluciones.
Resultados de la evaluación que, en su caso, se realice al cumplimiento de la presente Ley por parte de los Sujetos Obligados.
En su caso, sentencias, ejecutorias o suspensiones judiciales que existan en contra de sus resoluciones.
Número de quejas, denuncias y recursos de revisión dirigido a cada uno de los sujetos obligados.